43 diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa, convirtieron en Ley de la República el expediente 1.922, llamado: «Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades ante la emergencia nacional por la pandemia de COVID-19”, tras la aprobación en segundo debate este martes 19 de mayo.
Con la aprobación definitiva de este proyecto de Ley, las Municipalidades del país contarán con más recursos para hacerle frente a emergencias como la actual Pandemia del Coronavirus Covid-19.
Asimismo, esta nueva ley saca a los municipios de la Regla Fiscal, que ponía un tope al crecimiento gasto corriente, lo que ponía en riesgo puestos de trabajo y servicios esenciales como lo son la recolección de desechos y el aseo de vías.

También, le dará más facilidades a los contribuyentes que han tenido dificultades en medio de esta crisis para el pago de los tributos municipales y por otro lado que, contiene una serie de mecanismos y normas para poder flexibilizar las finanzas y el manejo presupuestario de las municipalidades en un momento en que todos los ayuntamientos han visto reducido los ingresos.
Estos son los puntos que entrarán a regir con la firma de la Ley por parte del Presidente de la República:
* Permitirá la agilización de las transferencias de los recursos de la Ley N° 8114, el aumento al porcentaje de varios topes para el gasto administrativos (ante la disminución de ingresos el mismo monto de gasto ahora va a significar un porcentaje mayor), la utilización de los superávits como una forma de utilizar esos recursos ya existentes y la suspensión temporal de transferencias a instituciones del Gobierno Central que no ofrecen servicios de primera necesidad.
* Sacará a las Municipalidades de la aplicación de la Regla Fiscal, lo que impide que el gasto corriente no pueda crecer a más 4.67%.
* Las municipalidades podrán flexibilizar sus gastos para atender las emergencias.
* Se autorizará la readecuación de las deudas de las municipalidades con bancos estatales.
* Se brindará al contribuyente una moratoria de 3 trimestres o 9 meses por tasas, precios públicos o servicios municipales.
* Habrá moratoria de 3 trimestres en el pago de impuestos por patentes.
* Además, se aplicará este mismo tiempo de moratoria en el pago de alquileres en mercados municipales.
