La Municipalidad de San José informa a la ciudadanía, que el próximo martes 31 de diciembre de 2019, fue declarado asueto para los funcionarios públicos en todo el Cantón Central de San José.
Esto corresponde al Decreto No 42088-MGP y del Acuerdo N° 2 tomado en la Sesión Ordinaria N° 184 celebrada el día 05 de noviembre del 2019, por la Municipalidad de San José, San José, que dice:
ARTÍCULO 1°.- Conceder asueto a los empleados públicos del Cantón Central de San José, Provincia de San José, el día 31 de diciembre del 2019, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de las Fiestas Cívicas de dicho Cantón.
ARTÍCULO 2°.- En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Cartera que laboren para ese Cantón.
ARTÍCULO 3°.- En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese Cantón.
ARTÍCULO 4°.- En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley N° 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley No 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese Cantón.
ARTÍCULO 5°.- No se concede el presente asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública N° 5482.
ARTÍCULO 6°.- Rige el día 31 de diciembre del 2019.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a las 13:00 horas del día 20 de noviembre del 2019.